La resolución 27/2019 será notificada a la Dirección General de Administración y Carrera Judicial, entidad que remitirá una circular a todos los jueces y juezas del orden judicial, así como también a los órganos y auxiliares de la Justicia que fungen como parte en los procesos: Ministerio Público, Defensa Pública, Colegio de Abogados de la República Dominicana, Colegio de Notarios de la República Dominicana y la comunidad jurídica en general.
En ese sentido, queda prohibido sin distinción de persona, el acceso a las instalaciones no públicas que alojan las oficinas de los tribunales de las partes implicadas en un proceso judicial. Asimismo, las partes envueltas en un proceso judicial tienen acceso a las salas de audiencia sólo a través de las puertas públicas del tribunal, nunca a través de las puertas que conducen al despacho de los magistrados”, refiere la disposición del Consejo.
La decisión fue asumida en atención a los principios 14 y 15 del Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial, que disponen que los jueces y el personal administrativo del sistema deben evitar todo tipo de comportamiento que pueda reflejar favoritismo, predisposición o prejuicio y mantener una posición equidistante con los usuarios; así como exhibir una conducta neutral respecto de quien demanda un servicio.
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