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Proyectos buscan reformar la seguridad social de RD

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La modificación a la Ley 87-01 dota de autonomía a la TSS y a la Dida; estarán bajo el Ministerio de Trabajo. Instituciones asumirán IDSS

Los proyectos de leyes sobre la modificación a la Seguridad Social y el que busca la disolución definitiva del IDSS, que sometió el Poder Ejecutivo la semana pasada, buscan mejorar el sistema de seguridad social dominicano, aplicando reformas puntuales en varias direcciones.

El proyecto que modificaría la Ley 87-01, busca fortalecer la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y la Dirección General de Información y Defensa del Afiliado (Dida) dotando estas instituciones de autonomía presupuestaria y personería jurídica y modifica el esquema de comisiones aplicado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). La TSS y la DIDA, actualmente bajo el Consejo de la Seguridad Social (CNSS) estarán adscritas al Ministerio de Trabajo.

Para financiar sus operaciones, la TSS recibirá mensualmente una comisión equivalente al 0.1% del salario cotizable para el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS) del sistema de capitalización individual más el 0.1% del salario cotizable para el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS) del sistema de reparto.

La Tesorería garantizará, a través de la entidad concesionaria del Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR), la gestión operativa separada, tanto de los fondos del sistema de capitalización individual, sea público o privado, como del fondo destinado al sistema de reparto; de igual forma, separará los fondos del Seguro Familiar de Salud de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) públicas o privadas.

El proyecto indica que la Tesorería podrá aplicar procedimientos de cobro coactivos y embargos ante deudas de los empleadores con más de 60 días de atraso por concepto de cotizaciones y aportaciones al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), así como los recargos, intereses y multas, para garantizar el pago de dichas deudas. Asimismo podrá imponer multas a los empleadores que no inscriban a sus trabajadores o no paguen las cotizaciones de la seguridad social.

En tanto que la DIDA, ahora pasaría a ser una dirección general, financiaría sus operaciones, con el 0.05% del salario cotizable para el SVDS del sistema de capitalización individual más el 0.05% del salario cotizable para el Seguro de Pensiones (SP) del sistema de reparto.

Ambos directores, del TSS y de la DIDA, serán designados por el Presidente de la República, a partir de una terna que someta el Consejo Nacional de la Seguridad Social, y tendrán una duración de cuatro años en el cargo.

Eliminación de recargos

El proyecto también propone una salida a las deudas acumuladas por parte de los empleadores al sistema de seguridad social, que en la actualidad la partida de recargos por mora constituye más del 80% del total de la deuda. Esto de acuerdo a los considerandos de la iniciativa, esto ha provocado que varias organizaciones presenten dificultades para honrar los pagos y ha propiciado que mantengan a sus empleados fuera de la cobertura de la seguridad social y, por ende, en la informalidad.

La pieza plantea que los empleadores podrán saldar la totalidad de la deuda y regularizar su estatus pagando el monto principal adeudado con la eliminación total de los recargos, moras, intereses o cualquier penalidad que hayan acumulado, siempre que realicen el pago del saldo de la deuda o firmen un acuerdo de pago con la TSS.

“Para el cálculo del monto principal adeudado solo se tomará en cuenta la deuda relativa a los aportes y contribuciones al SVDS del Régimen Contributivo y la deuda relativa a los aportes del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Contributivo de los últimos 6 meses”, indica el proyecto.

Desmonte comisiones AFP

En cuanto a los Fondos de Pensiones, este proyecto propone un desmonte anual de 0.05% de la comisión que reciben las administradoras cada año. Es decir, este año cobrarían un 1.4%, en el 2020 sería un 1.35%, así sucesivamente. Este desmonte se efectuará hasta el año 2030, cuando las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) sólo cobrarían un 0.85% de comisión anual.

Otra disposición es que el empleado podrá seleccionar la AFP de su preferencia en un plazo de 30 días.

También dispone que los trabajadores del sector público que por disposición legal deban afiliarse a uno o más planes de pensiones especiales y perciban ingresos por otras actividades remuneradas coticen simultáneamente al Plan de Pensiones Especiales y a la AFP de su preferencia.

Instituciones asumirán funciones del IDSS

La propuesta de disolución del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) transfiere las funciones de esa institución en cinco instancias estatales, existentes y por crear, y distribuye la titularidad de su patrimonio y de sus ingresos en otras nueve dependencias. El proyecto también dispone la reubicación del personal del IDSS en otras instancias oficiales, pasa sus deudas al ministerio de Hacienda. Las estancias infantiles de IDSS y los establecimientos y servicios bajo su administración pasarán y serán gestionados por el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI) La administración y prestación de los servicios del Seguro de Riesgos Laborales previstos en la Ley número 87-0 I estarán a argo del Instituto Nacional de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (INARIL).

Elcaribe.com.do 

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