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Sentencia prioriza padre afectivo sobre biológico crea jurisprudencia

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"Padre es quien cría", es una frase muy común en nuestros pueblos que destaca la labor de un padre involucrado en el desarrollo de un niño, a veces sin compartir lazos sanguíneos con éste. 

La sentencia Núm. SCJ-PS-23-0501 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia emitida el 29 de marzo de 2023 dejó jurisprudencia al respecto, al establecer que la filiación por paternidad va más allá de lo que pudiera determinar una prueba de ADN.

La abogada Birmania Camacho fue quien presentó como medio de defensa la relación socio-afectiva ante la demanda de paternidad de un tercero contra una pareja de esposos. Para ella, ganar este caso que deja jurisprudencia en el país representa un hito importante en su carrera de 31 años como abogada y catedrática en las universidades Autónoma de Santo Domingo (UASD) e Iberoamericana (Unibe). 

"Para mí este caso es mi niña bonita en estos 31 años de ejercicio que tengo, estoy feliz con esa decisión", expresó. 

Relata: "En primera instancia yo salí perdiendo, yo recurro a la Corte y establezco la relación socio-afectiva. Yo llevo alrededor de siete años estudiando el concepto de familia socio afectiva, entonces comienzo a redactar mi recurso buscando derecho comparado en otros países y efectivamente cuando depósito mi recurso en la Corte, esta acoge la decisión, de quién puede impugnar, que esa persona no tiene calidad para hacerlo y establezco la posesión de estado, pero lo que más la corte acoge es la parte socio afectiva". 

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