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JCE aprueba reducir número de diputados de 9 provincias de RD

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SANTO DOMINGO.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó hoy a unanimidad aumentar el número de diputados que tendrán las provincias La Altagracia y Santo Domingo, y reducir los de María Trinidad Sánchez, Monte Plata, Barahona, Espaillat, San Juan, Duarte, San Pedro de Macorís, La Vega y San Cristóbal.

La decisión fue adoptada por el máximo organismo electoral durante una sesión esta tarde, tomando en cuenta el incremento poblacional de las provincias receptoras de estas diputaciones y la disminución poblacional de las  afectadas.

La Altagracia, de 4 diputados ahora tendrá 5,  y Santo Domingo, de 36 escaños pasa a tener  44.

María Trinidad Sánchez,  de  3 diputados en el año 2010, pasa  a tener  2; Monte Plata, de 4 pasa a tener tres;  Barahona, de 4 pasa a 3; Espaillat, de 5 diputados pasa a 4; San Juan, de 5 a 4;  Duarte, de 6 pasa a tener 5;  San Pedro de Macorís, de 6 escaños pasa a tener 5;  La Vega, de 8 diputados  pasa a  7 y San Cristóbal, de 11 escaños pasa a 10.

Principio establecido en la Constitución

En relación a la distribución de los Diputados y Diputadas  territoriales, el Pleno de la JCE decidió a unanimidad de votos aplicar el principio establecido en la Constitución de la República, en su Artículo  81 que ordena que los 178 diputados (as) del nivel territorial sean distribuidos de conformidad con la densidad  poblacional , sin que en ningún caso sean menos de  dos escaños por provincia.

Para la distribución de estos escaños se tomó en cuenta las informaciones ofrecidas  en el 2010 por la  Oficina Nacional de Estadísticas (ONE), según las cuales nuestra población es de 9,445,281 habitantes. En tal sentido será usado un factor denominador poblacional de 53,063 habitantes, que es el resultado de la división de los 9,445,281 habitantes entre los 178 diputados.

Se crearon 59 nuevos colegios electorales en diferentes puntos del país.

Aprueban sistema de votación

El Pleno también aprobó,  con la totalidad de sus miembros, el sistema de votación para la elección de las autoridades municipales de la República Dominicana, la cual tendrá lugar en mayo del año próximo.

Dispuso que la escogencia de esas autoridades se haga mediante el voto directo en los mismos colegios electorales que ya existen en esas demarcaciones.  Esto significa que los candidatos a autoridades de los Distritos Municipales deben figurar en las mismas boletas en la que aparecen los candidatos a autoridades de los municipios  cabeceras, procediéndose en ese nivel a una elección simultánea de sus autoridades.

Además estableció la obligatoriedad de la aplicación del 50% en la distribución de los cargos de Director o Directora y Sub-director y Sub-directora y la aplicación del 33 % de la cuota de la Mujer de los Distritos Municipales.

Licencias para oficiar matrimonios

El organismo renovó licencias para oficiar matrimonios religiosos a las iglesias  Cristiana Inc., Congregación Unity y a la Iglesia Cristiana Palabras de Vida

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